Semana Corrida
Calculadora referencial para estimar semana corrida sobre comisión mensual individual.
Criterio referencial: El trabajador remunerado exclusivamente por día tendrá derecho a la remuneración en dinero por los días domingo y festivos, la que equivaldrá al promedio de lo devengado en el respectivo período de pago, el que se determinará dividiendo la suma total de las remuneraciones diarias devengadas por el número de días en que el trabajador debió ir a laborar a la empresa. Igual derecho tendrá el trabajador remunerado por sueldo mensual y remuneraciones variables, tales como comisiones o trato, pero, en este caso, el promedio se calculará solo en relación a la parte variable de sus remuneraciones.
Fuente: Dirección del Trabajo, Centro de Consultas, Semana Corrida (link).
Como control referencial, la suma de días hábiles más domingos/festivos debe dar 28, 29, 30 o 31.
Fuente: Dirección del Trabajo, Centro de Consultas, Semana Corrida (link).
Como control referencial, la suma de días hábiles más domingos/festivos debe dar 28, 29, 30 o 31.
Resultado
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Aviso legal: Esta herramienta entrega resultados meramente referenciales. No constituye asesoría legal, laboral, contable ni previsional.
Los resultados pueden variar según la estructura remuneracional, días efectivamente trabajados, comisiones devengadas, pactos individuales, instrumentos colectivos u otros factores.
Se recomienda verificar siempre los cálculos con un profesional competente o con los organismos correspondientes.